Proponen incluir turismo de salud y deportivo en Ley de Fomento al Turismo de Nuevo León

Proponen incluir turismo de salud y deportivo en Ley de Fomento al Turismo de Nuevo León

El activista y fundador de la Fundación ViDa, Víctor David Guerrero, presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para reformar la Ley de Fomento al Turismo de Nuevo León. Su objetivo es reconocer y promover el turismo de salud y el turismo deportivo como actividades estratégicas para el desarrollo económico y social del estado.

Guerrero destacó que Monterrey no solo es un destino cultural y de naturaleza, sino que también tiene un gran potencial en turismo médico, atrayendo cada año entre 1.4 y 3 millones de visitantes, principalmente de Estados Unidos y Canadá. Estas personas llegan por procedimientos dentales, cirugías estéticas y otros tratamientos especializados, atraídas por la calidad profesional y los costos más competitivos que en sus países de origen.

“Queremos que los pacientes de turismo médico reciban atención segura y bien regulada. Presentamos esta iniciativa para que los legisladores protejan a los ciudadanos y garanticen que el bienestar médico se vea reflejado en la ley”, explicó Guerrero.

Según datos del sector, el turismo médico en Monterrey generó más de 320 millones de dólares en 2024, equivalente al 1.8% del PIB estatal, mientras que la cirugía plástica aportó más de 50 millones de dólares anuales.

Guerrero subrayó que este impulso puede fortalecerse con políticas públicas que coordinen a la Secretaría de Turismo, la Secretaría de Salud, el sector privado y los municipios.

La propuesta incluye reformar y adicionar artículos para que la Corporación para el Desarrollo Turístico, junto con autoridades estatales y municipales, diseñe programas de promoción, regulación y capacitación en turismo de salud, incluyendo bienestar físico y mental. También busca fomentar el turismo deportivo, aprovechando eventos de gran escala como el Mundial de Futbol 2026, que tendrá a Monterrey como una de sus sedes.

El decreto ordenará que las modificaciones entren en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

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